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¿Cuánto puedo deducirme por instalar un cargador eléctrico?
La deducción aplicable es del 15% sobre los gastos derivados de la instalación de tu punto de recarga. La base máxima deducible es de 4.000 €, lo que significa que la deducción máxima posible asciende a 600 €.
Veamos algunos ejemplos prácticos:
- Si gastas 2.000 € en la instalación, te deduces 300 € (15% de 2.000 €).
- Si gastas 4.000 € o más, te deduces el máximo permitido: 600 € (15% de 4.000 €).
- Si gastas 1.500 €, te deduces 225 € (15% de 1.500 €).
Aclaración importante: si has recibido subvenciones como las del Plan MOVES estas se descuentan de la base deducible. Es decir, solo puedes deducirte el 15% de lo que realmente has pagado de tu bolsillo tras descontar las ayudas públicas.
Requisitos para acceder a la deducción del IRPF
Requisitos obligatorios:
- El punto de recarga debe instalarse en tu vivienda habitual o en la plaza de garaje asociada a ella.
- La instalación debe realizarse entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026
- Debes contar con factura y justificante de pago de la instalación.
- El pago debe realizarse mediante medios electrónicos (transferencia, tarjeta, etc.), nunca en efectivo.
- Debes disponer del certificado de instalación eléctrica expedido por un instalador autorizado.
No puedes deducir si:
- El cargador se instala en una segunda residencia o vivienda no habitual.
- Has pagado en efectivo sin justificante bancario.
- La instalación se realizó antes del 6 de octubre de 2021 o después del 31 de diciembre de 2026.
- No tienes documentación acreditativa de la instalación.
¿Qué gastos se pueden deducir en el IRPF?
Gastos deducibles:
- El precio del punto de recarga (cargador de pared o cargador normal).
- La instalación eléctrica necesaria (cableado, protecciones, etc.).
- El proyecto técnico si es requerido.
- Los honorarios profesionales del instalador autorizado.
- Las tasas o permisos administrativos necesarios.
- La ampliación de potencia eléctrica si es imprescindible para la instalación.
NO se pueden deducir:
- El mantenimiento posterior del punto de recarga.
- El consumo eléctrico de las recargas.
- Accesorios no esenciales (fundas, soportes decorativos, etc.).
- Obras de reforma general del garaje no relacionadas directamente con el cargador.
Plazos: ¿cuándo puedo aplicar la deducción?
La instalación debe realizarse entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026. La deducción se aplica en la declaración del año en que finaliza la instalación, no cuando pagas o firmas el contrato.
Ejemplos prácticos:
- Instalación finalizada en 2024: Aplicas la deducción en la Renta 2025 (a presentar en abril-junio de 2025).
- Instalación finalizada en 2025 Aplicas la deducción en la Renta 2026 (a presentar en 2026).
- Instalación finalizada en 2026: Aplicas la deducción en la Renta 2027 (a presentar en 2027).
Importante: cuenta la fecha de finalización que figura en el certificado de instalación, no la del pago o inicio de obra. Esto es clave si tu instalación se alarga entre dos años fiscales.
Cómo aplicar la deducción en la declaración de la Renta
Paso 1: Reúne la documentación
Antes de nada, asegúrate de tener:
- Facturas detalladas de la compra e instalación del cargador.
- Justificantes bancarios de todos los pagos realizados.
- Certificado de instalación eléctrica firmado por instalador autorizado.
- Justificante de subvenciones recibidas, si las hay (por ejemplo, del MOVES III o 2026).
Paso 2: En el Modelo 100 (declaración IRPF)
En tu declaración de la Renta, busca el apartado de "Deducciones por obras e instalaciones de mejora energética". Dentro de este apartado, encontrarás la casilla específica para la instalación de sistemas de recarga de vehículos eléctricos.
Introduce:
- La base deducible (gastos totales menos subvenciones).
- El porcentaje aplicable (15%).
- La deducción resultante (máximo 600 €).
Si usas el borrador de Renta Web de la Agencia Tributaria, estos datos no vienen precargados, tendrás que introducirlos manualmente.
Paso 3: Conserva la documentación
Guarda toda la documentación al menos 4 años después de presentar la declaración. Hacienda puede requerirla en caso de comprobación.
Compatibilidad con otras ayudas y subvenciones
La deducción del IRPF es compatible con otras ayudas públicas:
- Plan MOVES III y 2026: compatible, pero resta de la base deducible.
- Ayudas autonómicas: compatibles según cada comunidad autónoma.
- Bonificaciones del IBI: compatibles en algunos municipios.
Importante: las subvenciones reducen la base sobre la que calculas el 15%.
Ejemplo práctico con subvenciones:
- Gasto total: 3.000 €
- Subvención MOVES III: 1.200 €
- Base deducible: 3.000 € - 1.200 € = 1.800 €.
- Deducción IRPF (15%): 270 €.
- Ahorro total: 1.200 € + 270 € = 1.470 €.
Como ves, aunque la subvención reduce la base de deducción, el ahorro conjunto sigue siendo muy significativo.
Casos especiales: vivienda habitual vs segunda residencia
La deducción del IRPF solo aplica a la vivienda habitual. Si instalas un cargador en tu segunda residencia, chalé de vacaciones o vivienda en alquiler, no podrás aplicar esta deducción estatal.
Sin embargo, en algunas comunidades autónomas existen deducciones propias que sí permiten incluir segundas residencias. Consulta la normativa de tu comunidad para conocer las opciones disponibles.
Por otro lado, si te mudas después de la instalación, no pierdes el derecho a la deducción siempre que la vivienda fuera habitual en el momento de realizar la instalación.
Preguntas frecuentes sobre la deducción IRPF por cargador de coche eléctrico
¿Puedo deducir la instalación si soy autónomo?
Sí, siempre que el cargador se instale en tu vivienda habitual y el uso sea particular. Si utilizas el cargador para actividad profesional, podrías deducirlo de otra forma (como gasto deducible de la actividad), pero no mediante esta deducción del IRPF para particulares.
¿Y si no soy propietario, solo inquilino?
Sí puedes aplicar la deducción si eres inquilino, siempre que cuentes con el permiso del propietario y cumplas el resto de requisitos. La deducción la aplica quien realiza el gasto, no necesariamente el dueño de la vivienda.
¿Puedo deducir si instalé el cargador en 2023?
Sí, si la instalación se realizó entre octubre de 2021 y diciembre de 2026. La deducción se aplica en la declaración del año siguiente al de la instalación. Si instalaste en 2023, la aplicaste en la Renta 2024 (presentada en 2024).
¿Funciona si pago a plazos?
Sí, puedes pagar a plazos, pero la deducción se aplica en el ejercicio fiscal en que se completa la instalación, independientemente de si aún estás pagando. Lo importante es que el pago esté debidamente documentado mediante medios electrónicos.
¿Qué pasa si me mudo después de instalar el cargador?
No pierdes el derecho a la deducción. Lo relevante es que fuera tu vivienda habitual en el momento de la instalación. Si te mudas después, puedes aplicar la deducción con normalidad.
¿Se puede aplicar en garaje comunitario?
Sí, siempre que sea la plaza de garaje vinculada a tu vivienda habitual. Necesitarás, además, el permiso de la comunidad de propietarios para realizar la instalación.
¿Hay límite de potencia del cargador para la deducción?
No existe un límite de potencia específico para acceder a la deducción. Lo importante es que sea un sistema de recarga para vehículos eléctricos debidamente instalado y certificado.
¿Puedo deducir si compro coche eléctrico y cargador el mismo año?
Sí, son deducciones independientes. Puedes aprovechar la deducción por el cargador y, si tu comunidad autónoma lo permite, también por la compra del vehículo eléctrico.
¿Esta deducción es estatal o autonómica?
Es una deducción estatal, aplicable en todo el territorio español. Además, algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones adicionales propias que pueden complementar esta.
La deducción del 15% en el IRPF por instalar un cargador de coche eléctrico representa un ahorro de hasta 600 € que facilita la transición a la movilidad eléctrica. Recuerda reunir toda la documentación necesaria y, si combinas esta deducción con ayudas como el MOVES III, el beneficio económico será aún mayor. Contar con tu propio punto de recarga en casa te aporta comodidad e independencia, especialmente si te mueves por zonas con restricciones como Madrid Central o la centro de Madrid, donde los vehículos eléctricos tienen cada vez más ventajas.

